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Acuerdos de Chapultepec

Secretaría Nacional de Comunicaciones de la Presidencia de la República
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ACUERDO DE PAZ 


El Gobierno de El Salvador y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (en adelante **las Partes**), Reafirmando el próposito enunciado por el Acuerdo de Ginebra del 4 de abril de 1990 de **terminar el conflicto armado por la vía política al más corto plazo posible, impulsar la democratización del país, garantizar el irrestricto respeto a los derechos humanos y reunificar la sociedad salvadoreña**; Teniendo presentes los Acuerdos de San José, de México y de Nueva York, del 26 de julio de 1990, el 27 de abril de 1991 y el 25 de septiembre de 1991, respectivamente, alcanzados por ellas a lo largo del proceso de negociaciones que han cumplido con la activa participación del Secretario General de las Naciones Unidas y de su Representante, Acuerdos que conforman una unidad con el que hoy suscriben; Habiendo concluido la negociación sobre todos los temas sustantivos de la Agenda de Caracas del 21 de mayo de 1990 y de la Negociación Comprimida de Nueva York del 25 de septiembre de 1991; Han alcanzado el conjunto de acuerdos políticos que se enuncia a continuación, cuya ejecución, unida a la de sus anteriores Acuerdos ya citados, pondrá término definitivo al conflicto armado salvadoreño: FUERZA ARMADA. Principios doctrinarios de la Fuerza Armada. Sistema educativo de la Fuerza Armada. Depuración. REDUCCION. Organización. Unidades. Personal. Material y equipo. Instalaciones. Estructuras administrativas y de servicio. Gasto militar. SUPERACION DE LA IMPUNIDAD. CUERPOS DE SEGURIDAD PUBLICA. Servicios de inteligencia. Batallones de infantería de reacción inmediata. Subordinación al poder civil. Entidades paramilitares. Defensa civil. Régimen de reservas de la Fuerza Armada. Regulación de los servicios de seguridad privada. Suspensión del reclutamiento forzoso. Medidas preventivas y de promoción. Reubicación y baja. POLICIA NACIONAL CIVIL. Creación de la Policía Nacional Civil. Doctrina. ESTRUCTURA FUNCIONAL Y TERRITORIAL. Marco jurídico general. Autoridades de la Policía Nacional Civil. Naturaleza de la organización. Órganos dependientes del Director General. Las subdirecciones generales. La inspectoría general. Servicios de asesoría legal. Servicios de asesoría internacional. La Subdirección General Operativa. Las divisiones. La División de Seguridad Pública. La División de Investigación Criminal. La División de Fronteras. La División de Finanzas. La División de Armas y Explosivos. La División de Protección a Personalidades. La División del Medio Ambiente. La distribución territorial. La Delegación Departamental. La Subdelegación y el Puesto de Policía. La Subdirección General de Gestión. PERSONAL DE LA POLICIA NACIONAL CIVIL. Perfil. Nivel educativo. Requisitos generales de ingreso a la Academia. Régimen general. ACADEMIA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA. Régimen jurídico. REGIMEN TRANSITORIO. Organización. Despliegue de funciones. ACADEMIA DE SEGURIDAD PUBLICA. Personal. SISTEMA JUDICIAL. Consejo Nacional de la Judicatura. Escuela de Capacitación Judicial. PROCURADORIA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS. SISTEMA ELECTORAL. TEMA ECONOMICO Y SOCIAL. PROBLEMA AGRARIO. Sobre las tierras que exceden el límite constitucional de 245 héctareas. Sobre las tierras que son propiedad del Estado y que no son actualmente reservas forestales. Sobre las tierras ofrecidas en venta al Estado. Sobre los beneficiarios de tierras transferidos de acuerdo con los literales anteriores. Pago de las tierras. Nueva legislación. SOBRE LAS TIERRAS DENTRO DE LAS ZONAS CONFLICTIVAS. Régimen de tenencia en las zonas conflictivas. Determinación de quiénes son los **actuales tenedores**. Inventario de casos a los que se aplica esta parte del Acuerdo. Creación de una Comisión Especial. Legalización de la tenencia de la tierra. Pago de las tierras. Verificación de COPAZ. Acuerdo de 3 de julio de 1991 sobre tierras ocupadas. CREDITO PARA EL SECTOR AGROPECUARIO Y PARA LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA. Crédito para el sector en su conjunto. Participación activa de los sectores destinatarios. Asistencia técnica. Cooperación internacional para el sector agrícola. MEDIDAS PARA ALIVIAR EL COSTO SOCIAL DE LOS PROGRAMAS DE AJUSTE ESTRUCTURAL. Protección del consumidor. La privatización. Programas de compensación social. MODALIDADES PARA LA COOPERACION EXTERNA DIRECTA DESTINADA A IMPULSAR PROYECTOS DE ASISTENCIA Y DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES. FORO PARA LA CONCERTACION ECONOMICA Y SOCIAL. Objetivo del Foro. La instalación del Foro. Composición y representación del Foro. Atribuciones del Foro. Secretaría del Foro. PLAN DE RECONSTRUCCION NACIONAL. PARTICIPACION POLITICA DEL FMLN. Medidas especiales de seguridad. CESE DEL ENFRENTAMIENTO ARMADO. El cese del fuego. La separación de fuerzas. El fin de la estructura militar del FMLN y la reincorporación de sus integrantes, dentro de un marco de plena legalidad, a la vida civil, política e instituciones del país. Verificación por Naciones Unidas. ANEXO A: Lugares donde las fuerzas de la Fuerza Armada de El Salvador (FAES)se concentran antes del día D + 5. APENDICE 1 AL ANEXO A: Relación de instalaciones militares, bases, cuarteles y ubicaciones de la Fuerza Armada de El Salvador (FAES)que deben contar con el consentimiento de ONUSAL para efectuar sus salidas. ANEXO B: Lugares donde las fuerzas del FMLN se concentraran antes del día D + 5. ANEXO C: Lugares donde la Fuerza Armada de El Salvador (FAES)se concentraran a partir del día D + 6. Instalaciones militares y civiles de interés nacional. APENDICE 1 AL ANEXO C: Relaciones de instalaciones militares de la Fuerza Armada de El Salvador (FAES)que deben contar con el consentimiento de ONUSAL para efectuar sus salidas. Lugares señalados donde las fuerzas del FMLN se concentraran a partir del día D + 6. ANEXO E: La restauración de la administración pública en zonas conflictivas. ANEXO F : Uso de los medios de comunicación en favor de la reconciliación. VERIFICACION POR LAS NACIONES UNIDAS. CALENDARIO DE EJECUCION. COPAZ. FUERZA ARMADA. Sistema educativo. Depuración. Reducción. Inteligencia de Estado. Batallones de infantería de reacción inmediata. Entidades paramilitares. Defensa Civil. Régimen de reservas de la Fuerza Armada. Entidades de seguridad privada. Suspensión del reclutamiento forzoso. Medidas preventivas y promoción. POLICIA NACIONAL CIVIL. SISTEMA JUDICIAL. SISTEMA ELECTORAL. TEMA ECONOMICO Y SOCIAL. PARTICIPACION POLITICA DEL FMLN. Cese del enfrentamiento armado. Disposición final. DECLARACION FINAL. ANEXO 1: Bases para la elaboración de la Ley para la Autorización, Registro y Control de Grupos o Unidades de Seguridad para Protección del Patrimonio del Estado, de las empresas o personas naturales y personal de seguridad privada. ANEXO 2 : Anteproyecto de Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil

APA

Secretaría Nacional de Comunicaciones de la Presidencia de la República. (1989). Acuerdos de Chapultepec ([No definido] ed.). Presidencia de la República.

Detalles

  • Ubicación:Referencia - 303.69 - S446a
  • Edición:[No definido]
  • Ciudad:San Salvador
  • Fecha Publicación1989
  • Editorial:Presidencia de la República
  • Temas:ACUERDOS DE PAZ-EL SALVADOR. FUERZA ARMADA DE EL SALVADOR. FRENTE FARABUNDO MARTI PARA LA LIBERACION, FMLN. CIENCIAS POLITICAS
  • ISBN:[No definido]

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